Para registrarte tenes que ingresar al botón MI CUENTA y seleccionar luego el botón de REGISTRARTE.
PASO 1:
• El propietario debe buscar el emprendimiento y el N.º de lote, agregar el monto por el cual se realiza la venta y el mes hasta el cual se hace cargo de pagar las cuotas/expensas. Luego, debe verificar sus datos personales que aparecen en pantalla.
• Una vez confirmados sus datos, se carga el correo electrónico del comprador (es importante que sea correcto, ya que de lo contrario no quedará vinculado a la cesión). Luego, se presiona la lupa y se hace clic en "Iniciar cesión".
• Se enviará un correo al comprador para continuar con la cesión y realizar su parte del proceso.
PASO 2:
• El comprador debe ingresar su CUIL y se agregará a la cesión. Si hay más de un comprador, se irán ingresando sus CUIL y modificando los porcentajes de titularidad según corresponda. Una vez confirmados los datos, se activa el botón azul "Guardar" para continuar al siguiente paso.
PASO 3:
• El vendedor y el comprador deben abonar el servicio de gestión con tarjeta de crédito o débito Visa. Primero, se ingresa el CUIL de la persona a quien se le emitirá la factura y se procede con el pago.
PASO 4:
• Si el lote no posee deuda, se podrá descargar la documentación necesaria para presentar en la escribanía. En caso contrario, se visualizará el resumen de cuenta para poder regularizar la deuda y continuar con el proceso.
PASO 5:
• Por último, el comprador debe seleccionar la escribanía y contactarse con ella para concretar la cesión.
Para que el contrato de cesión de derechos quede legalmente perfeccionado, debe notificarse al desarrollador mediante acta notarial de instrumento público. Esta notificación debe ser realizada por un escribano. Para facilitar el proceso, sugerimos las siguientes escribanías, que ya conocen el procedimiento y la documentación requerida.
Algunas de las escribanías que recomendamos son:
ASENJO 5275-4775
AYERZA 4322-5435
BERRO MADERO 4743-9836
BIGLIERI 0348-4420234 / 4422512
BOLO BOLAÑO 4749-0111
CELAVE (02972) 427513
COCOZZA 4744-0449 / 3767 / 6190
CORRADI 1124844410
CREGO (0223) 494-0625 / 2229
DE POL BADANO 4253-1336 / 15-5755-3837
FERNANDEZ MADERO 4743-6134
FERNANDEZ MOUJAN, MARTINEZ & ORUE 7078-1515
FURLONG MONTIEL SPACCASASSI ORMAECHEA 0291-4561421 / 4565105
GARATE (0223) 4863946 / 1811
GUILLOT 4666-2736 / 4668-0507
GUTIERREZ 7079-0007 / 1522568897
GUTIERREZ MAGALDI (0294) 4421589 / 4421304
JAURETCHE (0249) 442-5834 / 0249-154-374879
LEBER 4749-4570 / 0546
LENZA DREWES 4903-0009
LOMBARDI 0376-4438080 / 4423845
MARCOS HEREDIA 4732-4832
MASCHWITZ - DEL CAMPO 4322-6556
MIHURA 4393-1549
MOSCA 4745-0710 / 31 - 4744-1766 / 0047 - 11-6012-2292
PEÑOÑORI - ITURRASPE 4719-5209 / 5084
PUIGGARI 7079-1600
RICCI +54 9 2267 669169
RINGUELET & SCATOLINI 4295-8794
RODRIGUEZ GIMENEZ (0223) 4937346
ROSPIDE 4743-1957
RUEDA 1156461206
RUIZ MORENO ALEJANDRO (02477) 423886
SARRIA – BOLO BOLAÑO 4749-0243 / 4749-1256
TAPIA (03487) 424486
VILLALBA (011) 2100-1300 / (011) 4295-8065
VILLATE 02254-484771 / WhatsApp 2267-401545
YOFRE 5219-9800
Si se elige una escribanía distinta, es responsabilidad de las partes que el escribano designado se comunique con el Departamento de Cesiones (cesiones@eidico.com.ar) antes de la firma, para ser asesorado sobre los requerimientos y pasos necesarios para llevar a cabo correctamente el cambio de titularidad. La comunicación se realizará directamente entre el escribano y el Departamento de Cesiones.
El nuevo titular comenzará a abonar una vez finalizado el trámite de cesión, lo cual puede demorar hasta 30 días hábiles desde la firma en la escribania.
Cuando se complete el proceso, el cesionario será dado de alta en nuestro sistema y recibirá por mail una carta de bienvenida enviada a la dirección de correo electrónico indicada en la ficha de datos. Allí se detallarán los medios de pago habilitados, los datos personales de identificación y el número de cliente necesario para operar dentro de la plataforma Mi Cuenta en www.eidico.com.ar.
Hasta que se habilite su estado de cuenta, no podrá efectuar pagos. En ese período inicial, no se aplicarán recargos por mora durante los 90 días posteriores al envío de la carta de bienvenida.